Nuestro Objetivo
Aprovechar los excedentes de alimentos para hacerlos llegar a los Centros Asistenciales y a través de ellos a las personas que los necesiten

Aprovechar los excedentes de alimentos para hacerlos llegar a los Centros Asistenciales y a través de ellos a las personas que los necesiten

La Ley de Mecenazgo en sus artículos 17, 18,19, 20, 21, 22, 23 y 24 regula los incentivos fiscales a las donaciones, donativos dinerarios, de bienes o derechos, cuotas de afiliación y demás aportaciones que se hagan a entidades sin fines lucrativos, como es el caso del Banco de Alimentos de Almería. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se alcanza una deducción de un 25% con los límites establecidos en la propia ley, y en el Impuesto de Sociedades una deducción de un 35% , también con las limitaciones previstas en la ley.